miércoles, 2 de marzo de 2022

Espera Congreso terna para titular del Centro de Conciliación Laboral de BCS

 



          En la X sesión del Consejo Estatal de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, la Comisión Permanente de Asuntos Laborales rindió informe de los trabajos de la armonización de la reforma laboral

·                    El Centro de Conciliación Laboral deberá iniciar funciones antes del 30 de abril de 2022,  en tanto que la terna deberá ser recibida en el plazo de 15 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto de la creación del CCL

 

La XVI Legislatura a través de la Comisión Permanente de Asuntos Laborales y de Previsión Social informó que dentro de los trabajos de armonización de la Reforma Laboral, se encuentra pendiente el envío de la terna para la designación de la Directora o Director General del Centro de Conciliación Laboral de Baja California Sur.

 

En la décima sesión del Consejo Estatal de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral llevada a cabo este 01 de marzo, la secretaria de la comisión, diputada Eufrocina López Velasco dio lectura al informe legislativo, del cual se desprenden la aprobación de los decretos de reforma y adiciones a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Estado en materia de justicia laboral; Decreto por el cual se reforma y adicionan disposiciones de la Defensoría Pública del Estado de Baja California Sur; Decreto 2817 por cual se expide la Ley del Nuevo Centro de Justicia Laboral de Baja California Sur, decretos publicados en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, en ejemplar extraordinario número 09 del 18 de febrero de 2022.

 

“Con lo anterior el Congreso del Estado de Baja California Sur dio cumplimiento a su obligación de armonizar la legislación laboral a la reforma constitucional de 2017, de la Ley Federal del Trabajo de 2019”, expuso la legisladora.

 

Puntualizó que la comunicación de la declaratoria de entrada en funciones del Centro de Conciliación Laboral (CCL) deberá ser antes del 30 de abril de 2022,  en tanto que la terna para su titular deberá ser recibida dentro del plazo de 15 días naturales siguientes a la entrada en vigor, el cual inició el 21 de febrero de 2022.

 

Indicó que esta designación que el Congreso deberá llevar a cabo se fundamenta en el numeral 12 de la Constitución estatal, del artículo 40 de la Ley Orgánica del CCL  y del segundo artículo transitorio de dicho decreto.

 

La sesión fue presidida por Secretario del Trabajo y Previsión Social, Isidro Ibarra, en representación del Gobierno del Estado, del Magistrado Raúl Juan Mendoza Unzón, en representación del Presidente del Tribunal Superior de Justicia, del Diputado José María Avilés Castro, Presidente de la JUGOCOPO de la XVI Legislatura del Congreso, así de como la diputada Blanca Belia Márquez Espinoza, secretaria de la Comisión de Asuntos Laborales que preside la diputada María Luisa Trejo Piñuelas.




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