• En la X sesión del Consejo Estatal de
Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia
Laboral, la Comisión Permanente de Asuntos Laborales rindió informe de los
trabajos de la armonización de la reforma laboral
· El Centro de Conciliación Laboral deberá iniciar funciones antes del 30 de abril de 2022, en tanto que la terna deberá ser recibida en el plazo de 15 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto de la creación del CCL
La XVI Legislatura a
través de la Comisión Permanente de Asuntos Laborales y de Previsión Social
informó que dentro de los trabajos de armonización de la Reforma Laboral, se
encuentra pendiente el envío de la terna para la designación de la Directora o Director
General del Centro de Conciliación Laboral de Baja California Sur.
En la décima sesión del
Consejo Estatal de Coordinación para la Implementación de la Reforma al Sistema
de Justicia Laboral llevada a cabo este 01 de marzo, la secretaria de la comisión,
diputada Eufrocina López Velasco dio lectura al informe legislativo, del cual
se desprenden la aprobación de los decretos de reforma y adiciones a la Ley
Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Estado en materia de justicia
laboral; Decreto por el cual se reforma y adicionan disposiciones de la
Defensoría Pública del Estado de Baja California Sur; Decreto 2817 por cual se
expide la Ley del Nuevo Centro de Justicia Laboral de Baja California Sur,
decretos publicados en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, en ejemplar
extraordinario número 09 del 18 de febrero de 2022.
“Con lo anterior el Congreso
del Estado de Baja California Sur dio cumplimiento a su obligación de armonizar
la legislación laboral a la reforma constitucional de 2017, de la Ley Federal
del Trabajo de 2019”, expuso la legisladora.
Puntualizó que la
comunicación de la declaratoria de entrada en funciones del Centro de
Conciliación Laboral (CCL) deberá ser antes del 30 de abril de 2022, en tanto que la terna para su titular deberá
ser recibida dentro del plazo de 15 días naturales siguientes a la entrada en
vigor, el cual inició el 21 de febrero de 2022.
Indicó que esta designación
que el Congreso deberá llevar a cabo se fundamenta en el numeral 12 de la
Constitución estatal, del artículo 40 de la Ley Orgánica del CCL y del segundo artículo transitorio de dicho
decreto.
La sesión fue presidida
por Secretario del Trabajo y Previsión Social, Isidro Ibarra, en representación
del Gobierno del Estado, del Magistrado Raúl Juan Mendoza Unzón, en
representación del Presidente del Tribunal Superior de Justicia, del Diputado
José María Avilés Castro, Presidente de la JUGOCOPO de la XVI Legislatura del
Congreso, así de como la diputada Blanca Belia Márquez Espinoza, secretaria de
la Comisión de Asuntos Laborales que preside la diputada María Luisa Trejo
Piñuelas.
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