miércoles, 6 de marzo de 2019

Aprueba el congreso de BCS reformas a la Constitución General de la República



*Son en materia de Guardia Nacional, Extinción de Dominio y sobre Prisión Preventiva Oficiosa

La Paz, Baja California Sur, a 5 de Marzo de 2019.- El Congreso del Estado aprobó por unanimidad de los 21 integrantes de la XV Legislatura  las minutas enviadas por el Congreso de la Unión relativas a las reformas a la Constitución General de la República  para la creación de la Guardia Nacional, lo concerniente a la Prisión Preventiva Oficiosa y la Extinción de Dominio, dictámenes que fueron presentados al Pleno por la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia que preside el Diputado Esteban Ojeda Ramírez.


En el marco de un Periodo Extraordinario, al dar lectura al dictamen correspondiente a la Guardia Nacional, el Diputado Esteban Ojeda Ramírez indicó que para el caso del estado “es positiva la creación de la Guardia Nacional, porque con esta institución el Gobierno del Estado y los ayuntamientos podrán apoyar las tareas de prevención e investigación de los delitos, algo que no es nada nuevo, ya que en nuestra entidad federativa la coordinación  de los cuerpos policiales de los tres niveles de gobierno, con el auxilio del Ejército, Marina y Fuerza Aérea, han dado resultados para la reducción de los delitos y mejorar la percepción de la seguridad”, apuntó el legislador.

Ojeda Ramírez dijo en su intervención que es “muy positivo”,  que durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrán disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, con lo cual la sociedad mexicana no quedrá en desamparo ante la delincuencia”.

A favor del dictamen hicieron uso de la tribuna la Diputada Mercedes Maciel Ortiz y el Diputado José Luis Perpuli Drew. En el caso de la legisladora petista destacó que la Guardia Nacional se ve reforzada al establecerse “categóricamente que estará adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, y será una institución respetuosa de los derechos humanos de los gobernados”.

La Diputada Maciel Ortiz sostuvo que en este contexto las entidades federativas tienen la gran responsabilidad de realizar el diagnóstico y el programa para el fortalecimiento de los cuerpos policiales estatales y municipales que de ellos dependen, dado que en lo concerniente a la seguridad pública “es una tarea que exige corresponsabilidad de la Federación, Entidades Federativas y Municipios”.
En su intervención el Diputado Perpuli Drew manifestó que esta reforma en materia constitucional “está alineada a lo que siempre propuso Acción Nacional”, en el sentido de que sea encabezada por un civil, que se respetaran las competencias de estados y municipios, que se fortalecieran a las policías locales en los estados y que el combate a la delincuencia se haga de manera coordinada a manera de colaboración y no de subordinación.

El dictamen sobre la Prisión Preventiva Oficiosa al que le dio lectura la Diputada Daniela Rubio Avilés explicó que esta figura legal “es una medida cautelar y de ninguna manera es punitiva y que tiene como finalidad impedir que las personas imputadas puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que haga presumible su riesgo social”.

Una parte de la nueva redacción del Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece: “previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por PODER LEGISLATIVO XV LEGISLATURA 10 particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud”.

En lo que compete al dictamen de Extinción de Dominio la Comisión responsable de emitir el dictamen  precisa que esta figura  “es una figura central en la estrategia de seguridad, gracias a ella y sus correlativas, diversos países han podido recuperar tranquilidad y orden. Es una acción que se somete al arbitrio judicial de manera sistemática y sus resultados son favorables en la restitución del orden en un contexto de estado de derecho y respeto de los derechos humanos”.

El documento subraya que la extinción de dominio, a diferencia del decomiso y la aplicación a favor del Estado de bienes asegurados que causen abandono, es una figura distinta e independiente de la responsabilidad penal y que no implica la imposición de una pena a un delincuente por la comisión de un delito, sino que se trata de una acción real, autónoma y de carácter patrimonial, que se inicia y desarrolla en relación con bienes concretos y determinados con observancia de las garantías del debido proceso.



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