Eliseo Santana A.
¿CORTESANOS O REPRESENTANTES
POPULARES?
Claro y contundente el posicionamiento del diputado Rigo Mares: ”¡Lo hicieron! #morena
aprobó quitar dinero al FONDEN,
tratamientos para cáncer, deporte, ciencia, cine, campo, cambio climático, etc.
¿Y todo para qué? Para financiar proyectos sin pies ni
cabeza.
Yo estoy con #México y #BCS, mi voto fue en contra de esta
infamia.”
Nos falta ver que dicen y opinan los otros diputados
sudcalifornianos en el congreso como Alfredo
Porras, Ana Ruth García Grande e Isaías González, aunque votaron en contra también,
supongo tendrán que plantear un posicionamiento enérgico al respecto, varios
rubros que fueron cancelados nos afectan directamente los sudcalifornianos veremos
si se portan como verdaderos representantes de este estado o como cortesanos
del inquilino del palacio nacional, veremos.
NEPOTISMO
“Nepotismo: Trato de favor hacia familiares o amigos, a los que se otorgan cargos o empleos públicos por el mero hecho de serlo, sin tener en cuenta otros méritos.”
Quedo claro, bien
claro y fue contundente la resolución que emitió la Comisión Nacional de Honestidad
y Justicia de MORENA en contra de la alcaldesa de Los Cabos Armida Castro, duro golpe para la
sinaloense.
La comisión resolvió:
“PRIMERO. Con
fundamento en el artículo 64° inciso c), y 65° del Estatuto de
MORENA se sanciona a la C. JESÚS ARMIDA CASTRO GUZMÁN con la
suspensión de sus derechos partidarios, en términos de lo
establecido en el
considerando 5 de la presente resolución.”
SEGUNDO. Se declaran infundados los agravios
en contra de los CC. CECILIA
SOTO ESQUIVEL, JUAN DAVID DIMAS CASTRO en términos de los
establecido
en el considerando 3 de la presente resolución.
TERCERO. Notifíquese por correo electrónico
la presente resolución a la parte actora, el C. PEDRO JESÚS MAGALLÓN JUAN-QUI,
para los efectos estatutarios y legales a que haya lugar.
CUARTO. Notifíquese por correo electrónico
la presente resolución a la parte
denunciada, la C. JESÚS ARMIDA CASTRO GUZMÁN, para los
efectos estatutarios y legales a que haya lugar.
QUINTO. Notifíquese por estrados
electrónicos la presente resolución a la parte denunciada, los CC. JUAN DAVID
DIMAS CASTRO y CECILIA SOTO ESQUIVEL, para los efectos estatutarios y legales a
que haya lugar.
SEXTO. Publíquese en estrados electrónicos
la presente resolución en los estrados de este órgano jurisdiccional, a fin de
notificar a las partes y demás interesados, para los efectos estatutarios y
legales a que haya lugar
SÉPTIMO. Archívese este expediente como asunto total y definitivamente
concluido.
Así lo resuelven por unanimidad los integrantes de la
Comisión Nacional de
Honestidad y Justicia de MORENA.”
Podrán tener “razón” o no los de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, pero lo que queda claro es que hubo Mano Negra, contra Armida de parte del grupo antagónico al que ella pertenece (Leonelista) el duro golpe prácticamente descarrilo las pretensiones a corto plazo de la Castro, pero… La tercera ley de Newton, la del principio de acción y reacción dice: «A toda acción le corresponde una reacción igual en magnitud, pero de sentido contrario» los puchistas tendrán que esperar el rebote, Armida, tiene con qué.
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